miércoles, 11 de abril de 2007

de la nueva ley 300

No deben cobrar sin reglamentar

Para Nicolás Mejía, vicepresidente de la Federación de Ecoparques, Ecoturismo y Turismo de Aventura de Colombia (Fedec), aunque la nueva reglamentación del impuesto se tiene que hacer por el bien del país y del sector turístico, no se puede aplicar de forma amplia sin conocer los sectores. Explicó que actividades como el rafting (canotaje), la espeleología (estudio de cavernas) y el rapel (descenso con cuerdas), que tanto se practican en el país, continúan aún sin normatividad.

"Esto es algo muy delicado, sobre todo en un país que promueve a nivel internacional el turismo de naturaleza y de aventura. Ante la falta de normas surgen empresas ilegales que no solo cobran tarifas a su antojo, sino que no cumplen con las medidas internacionales de seguridad. Pero, ¿quién regula estas actividades en Colombia? ¿Cuál es la entidad que las certifica? ¿Cómo cobrarles impuesto a unas actividades que no están reguladas? Creo que no debemos dar pasos adelantados sino hacer las cosas en orden".


Nota Completa en
http://www.elcolombiano.com.co/BancoConocimiento/P/preferible_pagar_impuestos_por_cuotas_anato_y_cotelco/preferible_pagar_impuestos_por_cuotas_anato_y_cotelco.asp?CodSeccion=4


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